Artículo 57 bis Disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del IVA
- Téngase en cuenta que el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1112 del Consejo de 20 de julio de 2020 ha modificado el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2026 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 de forma que será aplicable a partir del 1 de julio de 2021, seis meses más tarde de lo establecido inicialmente.
Artículo 57 bis
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(NOTA: Artículo aplicable a partir del 1 de enero de 2021)
A efectos de la presente sección, se entenderá por:
1) "régimen exterior a la Unión": el régimen especial para los servicios prestados por sujetos pasivos no establecidos dentro de la Comunidad, tal y como se establece en el título XII, capítulo 6, sección 2, de la Directiva 2006/112/CE;
2) "régimen de la Unión": el régimen especial para las ventas intracomunitarias a distancia de bienes, para las entregas de bienes dentro de un Estado miembro efectuadas por interfaces electrónicas que faciliten dichas entregas y para los servicios prestados por sujetos pasivos establecidos dentro de la Comunidad, pero no en el Estado miembro de consumo, tal y como se establece en el título XII, capítulo 6, sección 3, de la Directiva 2006/112/CE;
3) "régimen de importación": el régimen especial para las ventas a distancia de bienes importados de terceros territorios o terceros países, tal y como se establece en el título XII, capítulo 6, sección 4, de la Directiva 2006/112/CE;
4) "régimen especial": el "régimen exterior a la Unión", el "régimen de la Unión" o el "régimen de importación", en función del contexto;
5) "sujeto pasivo": el sujeto pasivo a que se refiere el artículo 359 de la Directiva 2006/112/CE que esté autorizado a utilizar el régimen exterior a la Unión, el sujeto pasivo a que se refiere su artículo 369 ter que esté autorizado a utilizar el régimen de la Unión o el sujeto pasivo a que se refiere su artículo 369 quaterdecies que esté autorizado a utilizar el régimen de importación;
6) "intermediario": una persona definida en el artículo 369 terdecies, párrafo segundo, punto 2, de la Directiva 2006/112/CE.
- Modificación realizada (57 bis) por Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2026 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011 en lo que respecta a las entregas de bienes o las prestaciones de servicios facilitadas por interfaces electrónicas y a los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes
(DC de 04-12-2019) en vigor desde 24-12-2019 - Artículo modificado (57 bis (se añade)) por REGLAMENTO (UE) Nº 967/2012 DEL CONSEJO de 9 de octubre de 2012 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 282/2011 en lo que atañe a los regímenes especiales de los sujetos pasivos no establecidos que presten servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión, o por vía electrónica a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos
(DC de 20-10-2012) en vigor desde 09-11-2012
