Artículo 57 quater Dispos...ún del IVA

Artículo 57 quater Disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del IVA

  • Téngase en cuenta que el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1112 del Consejo de 20 de julio de 2020 ha modificado el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2026 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 de forma que será aplicable a partir del 1 de julio de 2021, seis meses más tarde de lo establecido inicialmente.
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Artículo 57 quater

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(NOTA: Artículo aplicable a partir del 1 de enero de 2021)

El régimen de la Unión no se aplicará a los servicios que se presten en un Estado miembro en el que el sujeto pasivo haya establecido la sede de su actividad económica o tenga un establecimiento permanente. La prestación de esos servicios se declarará a las autoridades tributarias competentes de ese Estado miembro en la declaración del IVA, tal como dispone el artículo 250 de la Directiva 2006/112/CE.