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Articulo 57 Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística

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Artículo 57. Solicitudes

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57.1 Las solicitudes de licencias urbanísticas en suelo no urbanizable y suelo urbanizable no delimitado, cuando no requieran la aprobación de un plan especial urbanístico o un proyecto de actuación específica previamente a su otorgamiento, se han de presentar con la documentación siguiente:

a) Memoria justificativa de la actuación y su finalidad, con el grado de precisión necesario que permita apreciar su adecuación a los requisitos exigidos por la Ley de urbanismo y el Reglamento que la desarrolla y a las determinaciones del planeamiento territorial, sectorial y urbanístico aplicables.

b) Planos a escala adecuada relativos al emplazamiento y la situación precisos de la finca o fincas donde se proyecta la actuación, con indicación de su referencia registral y catastral, su extensión y la superficie ocupada por la actividad y las obras existentes y previstas.

c) Descripción y representación gráfica de los servicios urbanísticos necesarios para llevar a cabo la actuación, con indicación de los existentes y de los que haya que implantar, incluidas las obras de conexión correspondientes.

d) Proyecto técnico cuando la actuación comporte la ejecución de obras o, si se trata de obras que no requieren proyecto técnico, descripción y representación gráfica de estas obras.

e) Estudio de impacto e integración paisajística, elaborado de conformidad con la legislación sobre protección, gestión y ordenación del paisaje, cuando se trate de implantar nuevas obras o de ampliar las existentes, propias de una actividad agrícola, ganadera o rústica en general, que superen los umbrales que establecen el planeamiento territorial y urbanístico o se refieran a otras actuaciones en que el mencionado planeamiento requiere este estudio.

57.2 Cuando las actuaciones comporten la ejecución de obras para implantar, reformar o rehabilitar construcciones, edificaciones o instalaciones, la memoria a que hace referencia el apartado 1.a) debe identificar la actividad rústica o de otra naturaleza a la que estén vinculadas funcionalmente y justificar su proporcionalidad.