Articulo 57 TR. de las disposiciones del ISD
Ver Indice
»Artículo 57. Competencia.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La competencia para la gestión, inspección, liquidación y recaudación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones corresponderá al Departamento de Economía y Hacienda.
2. (Derogado)
Modificaciones
- Artículo modificado (57 (apdo. 2, se deroga)) por LEY FORAL 30/2018, de 27 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 31-12-2018) en vigor desde 01-01-2019
