Articulo 58 Conservación de la Naturaleza de Cantabria
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»Artículo 58. Documentación.
Vigente
Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales se compondrán de los siguientes documentos:
Memoria, que incorporará los contenidos descritos en los párrafos a, b, c y d del artículo anterior.
Normas de Ordenación, que incluirán los restantes contenidos de carácter dispositivo señalados en el artículo anterior.
Planos de Información, que se confeccionarán a escala adecuada, y recogerán los contenidos de la Memoria y de las Normas de Ordenación.

