Articulo 58 Reglamento so...rbanística

Articulo 58 Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística

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Artículo 58. Información pública

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En el procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas para implantar obras propias de una actividad ganadera o ampliar las existentes, el órgano municipal competente ha de establecer un periodo de información pública de veinte días.