Artículo 59 DECRETO 20/2...o, Galicia

Artículo 59. DECRETO 20/2026, de 9 de marzo, Galicia

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Artículo 59. Personas destinatarias y requisitos.

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1. El procedimiento de acreditación de competencias profesionales tendrá como personas destinatarias:

a) La población con experiencia laboral y sin acreditación, certificado o título profesionalizante de todas o de parte de sus competencias profesionales, para que convalide dichas competencias profesionales adquiridas en el desempeño laboral, así como aquellas cuya vía de adquisición haya sido la educación no formal, informal u otras.

b) Las empresas u organismos equiparados, a los efectos de promover y mantener actualizada la acreditación de las competencias profesionales de sus trabajadores y de sus trabajadoras, con la colaboración, en su caso, de la representación legal de las personas trabajadoras.

2. Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los requisitos establecidos en el apartado 2 del artículo 177 del Real decreto 659/2023, de 18 de julio.