Artículo 59 se establecen las ayudas publicas en materia de vivienda y se regula la gestión de las previstas para el periodo 2009-2012 en el Real decreto 2066/2008, de 12 de diciembre
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»Artículo 59º.-Ayudas para realojos y alquileres.
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Con carácter complementario a las ayudas establecidas en el artículo 56.4º a) del Real decreto 2066/2008, se establece una subvención complementaria que podrá alcanzar el 30% de la renta anual que se vaya a satisfacer, con un límite máximo de 960 euros anuales por vivienda alquilada en municipios de menos de 50.000 habitantes y de 1.800 euros en los restantes, por un período máximo de 4 años.

