Articulo 6 Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación
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Articulo 6 Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación

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Artículo 6.-Fines y funciones.

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1. La Agencia tiene como fin el desarrollo económico equilibrado del Principado de Asturias, así como la transformación y diversificación del tejido productivo asturiano a través del fomento de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, así como la inversión productiva.

La Agencia tiene como fin ser el instrumento ágil, transparente y garantista para una política científica integrada que equilibre la financiación entre investigación e innovación, planteando acciones conjuntas que promuevan la transferencia del conocimiento al tejido productivo, en especial a la industria regional, y su aplicación a una Estrategia de Especialización Inteligente del Principado de Asturias que busque un modelo de crecimiento sostenible, resiliente, competitivo, digital e inclusivo.

2. La Agencia realizará las siguientes funciones:

a) En relación con el fomento, transformación, diversificación e internacionalización de la economía:

1.º) Diseñar, coordinar y evaluar las estrategias y planes para fortalecer la competitividad, impulsando la colaboración y la cooperación de todos los agentes del Sistema Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante, SACI) en concurrencia con el resto de departamentos y organismos de la Administración del Principado de Asturias, orientando cuando sea preciso su acción hacia misiones específicas.

2.º) Diseñar, coordinar y evaluar el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación, y la Estrategia de Especialización Inteligente del Principado de Asturias a través de procesos participativos, orientados a resultados.

3.º) Reordenar, racionalizar, monitorizar y evaluar el SACI aprovechando sus fortalezas e identificando las dificultades en la definición del itinerario de la investigación y la innovación asturianas. A efectos de esta ley, se entenderá por agente del SACI los definidos en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación o en la normativa autonómica que configure el SACI.

4.º) Promover la aceleración de proyectos estratégicos, así como las iniciativas públicas y privadas de creación, ampliación y modernización de empresas en los distintos sectores de la actividad económica regional, que favorezcan el desarrollo e impulsen la generación de empleo y que la Administración del Principado de Asturias considere básicos.

5.º) Facilitar y contribuir a la financiación de proyectos empresariales mediante la concesión de subvenciones.

6.º) Promover, directa e indirectamente, infraestructuras industriales, equipamientos y servicios colectivos para las empresas regionales, participando en la elaboración de planes de la Comunidad Autónoma, así como en los instrumentos de ordenación del territorio y urbanísticos que permitan al Principado de Asturias dotarse de un modelo territorial de ordenación del suelo industrial que favorezca su competitividad y la creación de tejido económico e industrial.

7.º) Fomentar el desarrollo de la relación científica y tecnológica del sector productivo y servicios conexos, con la Universidad de Oviedo y demás centros de investigación, estimulando y contribuyendo al desarrollo de institutos y parques tecnológicos regionales, en el marco de los planes de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

8.º) Promover, apoyar y participar en estudios de mercado y actividades destinados a mejorar la promoción empresarial, así como la realización de estudios de prospectiva relacionados con la I+D+i y la elaboración de trabajos sobre planificación económica de la Comunidad Autónoma.

9.º) Realizar el estudio, propuesta, seguimiento y evaluación de cumplimiento de objetivos, de las ayudas a los proyectos empresariales solicitadas al amparo de programas que convoque o gestione la Agencia, actuando de organismo intermedio ante otras Administraciones a efectos de la gestión de subvenciones y programas.

10.º) Realizar, promover y apoyar el desarrollo de cursos, seminarios y jornadas dirigidos a la formación empresarial continua y ser un espacio de encuentro, análisis, investigación estudio y prospectiva en el ámbito de la investigación, desarrollo e innovación y participar en instituciones y en foros internacionales para la consecución de sus fines.

11.º) Impulsar la internacionalización de las empresas favoreciendo la promoción exterior de sus productos, la participación en programas internacionales, la cooperación con empresas extranjeras y la inversión en el exterior, con especial referencia a las iniciativas de innovación, impulsando la presencia de empresas en los programas europeos de innovación y el acceso a fondos de financiación internacionales, sin perjuicio de la competencia que el artículo 149.1.10.ª de la Constitución reserva al Estado en materia de comercio exterior.

12.º) Impulsar al Principado de Asturias como polo avanzado de I+D+i e implementar estrategias para impulsar su imagen y desarrollar su competitividad.

b) En relación con la generación y transferencia del conocimiento:

1.º) Promover la investigación científica y técnica en todas las áreas del saber mediante la asignación eficiente de recursos públicos, la promoción de la excelencia y el apoyo a la generación de los conocimientos de alto impacto científico y técnico, económico y social, incluidos los orientados a la resolución de los grandes retos de la sociedad.

2.º) Promover iniciativas e impulsar proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en coordinación con las Consejerías, organismos y entes de la Administración del Principado de Asturias y contribuir a fomentar la cultura científica a la sociedad.

3.º) Contribuir a la relación y coordinación entre la Administración del Principado de Asturias y los departamentos de investigación y desarrollo de productos y secciones de desarrollo empresarial de las empresas regionales públicas y privadas.

4.º) Promover la captación y gestión del talento que permitan, en su conjunto, incrementar el rendimiento investigador e innovador de los agentes del sistema de I+D+i asturiano.

5.º) Gestionar programas, instrumentos y actuaciones que se le encomienden en el marco de planes o estrategias autonómicas en materia de I+D+i; fomentar la investigación y el desarrollo científico y tecnológico gestionando las convocatorias de ayudas de programas específicos de la Administración del Principado de Asturias, y establecer una calendarización de las diferentes convocatorias e instrumentos con el fin de garantizar la estabilidad a medio y largo plazo de la política de I+D+i asturiana.

6.º) Promover la transferencia de conocimiento y gestionar las evaluaciones externas que garanticen la transparencia de las diferentes ayudas concedidas.

7.º) Organizar y gestionar la evaluación científico-técnica, ex ante y ex post, de las actuaciones o iniciativas cuando proceda utilizar criterios de evaluación basados en méritos científicos y técnicos internacionalmente reconocidos, así como aquellos criterios que establezcan las correspondientes convocatorias, bajo distintas fórmulas de colaboración con los organismos autonómicos, nacionales o internacionales con capacidad para llevarlas a cabo.

8.º) Implementar una estrategia regional con asignación de dotación presupuestaria para su desarrollo, que permita dotar al Principado de Asturias de un modelo de desarrollo de las políticas en materia de ciencia e I+D+i, a través del impulso de acciones que permitan otorgar un mayor peso a la política científica en el ámbito de la transferencia de conocimiento, buscar la colaboración entre agentes públicos y privados, entre financiación pública y privada, para converger con los niveles de inversión medios de I+D+i en la Unión Europea.

9.º) Diseñar y pilotar todas las estrategias de apoyo a los hubs de innovación.

c) Fomento de la cultura emprendedora, el emprendimiento y la innovación:

1.º) Fomentar la implantación empresarial en la región, la mejora de la gestión y de las estructuras empresariales, especialmente de pequeñas y medianas empresas, con prioridad de las alineadas con las áreas de la Estrategia de Especialización Inteligente del Principado de Asturias, estimulando su adaptación a la evolución tecnológica y a las exigencias del mercado, así como impulsar instrumentos y programas que fomenten la especialización, el aumento en el número de empresas innovadoras, el escalado a programas de financiación nacionales e internacionales y la cooperación y la captación de capitales e inversiones productivas nacionales y extranjeros.

2.º) Orientar las acciones hacia la mejora de la competitividad empresarial y el incremento de la productividad de empresas y de los servicios públicos, mediante la innovación y el uso del conocimiento científico generado, fomentando proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, impulsando la capacidad y el diseño y promoviendo la prestación de servicios a empresas y el desarrollo de proyectos especialmente basados en el conocimiento con el fin de identificar nuevas actividades de alto valor añadido que extiendan la base productiva existente.

3.º) Proporcionar información y asesoramiento sobre ayudas a la inversión que ofrezcan las distintas Administraciones y la Unión Europea, así como acerca de asuntos comunitarios de interés empresarial y/o dirigidos a la investigación, al desarrollo tecnológico e innovación.

4.º) Promover medidas específicas de apoyo a la pequeña y mediana empresa, así como a las sociedades cooperativas y sociedades laborales.

3. La Agencia podrá desarrollar cualesquiera otras que le sean atribuidas y guarden relación con sus fines.

4. La realización de actividades y prestación de los servicios vinculadas a las funciones enumeradas en el apartado 2 letra a) números 6.º), 8.º) y 10.º) podrán ser objeto de contraprestación, así como las que procedan del apartado 3.

5. La Agencia podrá ejercitar sus funciones por sí misma o en colaboración con:

a) Otros órganos de la Administración del Principado de Asturias y sus organismos y entes dependientes, con competencias o con funciones coincidentes con la Agencia, en particular con competencias relativas a políticas de investigación e innovación científica sectoriales de los ámbitos agroalimentario, sanitario y sociosanitario, cultural, medioambiental, educativo y de las tecnologías de información y comunicación.

b) Otras Administraciones e instituciones públicas o con funciones de similar naturaleza, organizaciones asociativas privadas sin ánimo de lucro y empresas y fundaciones del sector público o privado. En el caso de entidades privadas, se tendrá que acreditar el interés general que lo justifica.

6. La ejecución de las funciones de la Agencia se concretará mediante un plan de acción anual y, en su caso, de un contrato de gestión plurianual.