Artículo 6. DECRETO 23/2026, de 9 de marzo, Canarias
Artículo 6. Estructura del Registro.
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1. El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias tiene la siguiente estructura:
a) Por el ámbito territorial de demanda:
a.1) Insular.
a.2) Municipal.
b) Por la clase de vivienda objeto de demanda:
b.1) De promoción pública:
b.1.1) De régimen general.
b.1.2) De régimen especial.
b.2) De promoción privada:
b.2.1) De régimen general.
b.2.2) De régimen especial.
c) Por el régimen de acceso:
c.1) En régimen de alquiler.
c.2) En régimen de venta, únicamente para promoción privada, salvo lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta para los supuestos en ella especificados.
d) Por la modalidad habitacional:
d.1) Vivienda.
d.2) Alojamiento con espacios comunes complementarios.
2. Por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda se podrá concretar o ajustar esta estructura para la más correcta programación de las necesidades en materia de vivienda protegida en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
