Articulo 6 Estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda
Artículo 6. Estructura
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1. Para el ejercicio de sus competencias, la Secretaría General Técnica contará con los siguientes órganos:
a) Vicesecretaría General.
b) Subdirección General de Régimen Jurídico-Administrativo.
c) Subdirección General de Contratación y del Patrimonio.
2. Se adscriben orgánicamente a la Secretaría General Técnica, con nivel de subdirección general, la Asesoría Jurídica de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, y la Intervención Delegada, que dependerán funcionalmente de la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia y de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, respectivamente.
La Asesoría Jurídica de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda se regirá por lo dispuesto en la Ley 4/2016, de 4 de abril, de ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de su sector público, desempeñará las funciones previstas en el capítulo II de la citada norma en relación con su área funcional y contará con el número de efectivos que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

