Articulo 6 Mecenazgo Cultural
- Con efectos de 16 de abril de 2025, el título de esta norma queda redactado como sigue: Ley 9/2019, de 13 de diciembre, de Mecenazgo Cultural y Deportivo de Castilla-La Mancha. - Ley 2/2025, de 11 de abril, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha.
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»Artículo 6. Sectores culturales, creativos y deportivos objeto de promoción.
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1. La Administración regional promoverá el desarrollo de las industrias culturales, creativas y deportivas, tanto de titularidad pública como privada, que tengan domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, y proporcionen servicios y productos integrados en las actividades relacionadas en el artículo 2.
2. Igualmente promoverá las actividades relacionadas con la protección de artistas, intérpretes y ejecutantes de estos sectores.
3. Dentro de estos sectores, para cada periodo impositivo, la Consejería competente por razón de la materia, establecerá para cada ejercicio una relación de actividades y proyectos prioritarios de mecenazgo.
Modificaciones
- Artículo modificado (6) por Ley 2/2025, de 11 de abril, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha.
(CM de 15-04-2025) en vigor desde 16-04-2025
