Articulo 6 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización 2007 de la Generalitat
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»Artículo 6.
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Se modifica el artículo 89 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, que queda redactado en los términos siguientes:
«Artículo 89. Tipo de gravamen.
El tipo de gravamen que se exigirá con carácter general será del 0,12 por 100. No obstante, cuando se trate de promociones de viviendas destinadas exclusivamente a familias numerosas, el tipo de gravamen será del 0,09 por 100.»
