Articulo 6 Memoria Histór...de Euskadi

Articulo 6 Memoria Histórica y Democrática de Euskadi

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Artículo 6. Investigación para el esclarecimiento de la verdad.

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1.- El Gobierno Vasco impulsará las actuaciones y adoptará las medidas necesarias para la identificación de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista en Euskadi, a través de investigaciones históricas y recogida de testimonios orales, dando satisfacción al derecho a la verdad de las víctimas.

Se promoverá la recopilación de testimonios o historias de vida que suponen un aporte fundamental de conocimientos históricos sobre los cuales es muy difícil obtener otras evidencias, por carencias de registros documentales al respecto.

2.- Asimismo, se promoverán investigaciones para dar a conocer la injusticia histórica y política a la que sometió al conjunto de la sociedad la dictadura franquista, un régimen de represión y falta de libertades fundamentales.

3.- Se promoverá, desde las instituciones públicas, el libre acceso a los archivos y a la documentación relativos a los hechos relacionados con el golpe militar de 1936, la Guerra Civil y la dictadura franquista, o que pudieran aportar información sobre ellos.