Articulo 6 Normas de ordenación de explotaciones apícolas
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»Artículo 6. Registro general de las explotaciones apícolas.
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El Registro general de las explotaciones apícolas queda integrado en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) según lo dispuesto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el registro general de explotaciones ganaderas, y, en concreto, en todo lo relativo al régimen de comunicación que éste establece entre las comunidades autónomas y el Estado respecto de los registros en los apartados 4 y 6 del artículo 3.
Modificaciones
- Artículo modificado (6) por REAL DECRETO 448/2005, de 22 de abril, por el que se modifican el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el regimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenacion de las explotaciones apicolas.
(BOE de 07-05-2005) en vigor desde 08-05-2005
