Articulo 6 Patrimonio Cultural de C Léon

Articulo 6 Patrimonio Cultural de C. Léon

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Artículo 6. Órganos e instituciones consultivas.

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1. Son órganos consultivos de la Consejería competente en materia de cultura, para la aplicación de esta ley:

a) (Derogado)

b) La Junta de Valoración y Adquisición de Bienes Culturales de Castilla y León.

c) Aquellos otros que se determinen de forma reglamentaria.

2. Son instituciones consultivas de la Consejería competente en materia de cultura, para la aplicación de esta ley:

a) Las Reales Academias.

b) Las Universidades de Castilla y León.

c) Aquellas otras que reglamentariamente se determinen.

3. (Derogado)

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