Articulo 6 Régimen Administrativo y Fiscal del Juego
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Articulo 6 Régimen Administrativo y Fiscal del Juego

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Artículo 6. Políticas de juego responsable.

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1. Las políticas de juego responsable contemplarán el juego como un fenómeno complejo, en el que se han de combinar acciones preventivas, de intervención y control, y también de reparación de los efectos negativos producidos, desde una perspectiva integral de responsabilidad social corporativa.

2. Las acciones preventivas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería competente en materia de juego, se dirigirán:

a) A la sensibilización y concienciación sobre las consecuencias de una práctica inadecuada del juego, especialmente relacionadas con los riesgos de ludopatía, apoyando actitudes de juego moderado, no compulsivo y responsable.

b) A prestar especial atención a aquellos colectivos más vulnerables como menores de edad, personas con adicción al juego e incapacitadas legal o judicialmente.

c) A proporcionar a la ciudadanía la información necesaria para que pueda hacer una selección consciente de sus actividades de juego, así como a advertir de los posibles efectos que una práctica no adecuada del juego puede producir.

d) A informar, de acuerdo con la naturaleza y medios utilizados en cada juego, de la prohibición de participar a menores de edad o a las personas incluidas en el Registro de interdicción de acceso al juego de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2021 en vigor desde 30-01-2022