Articulo 6 Reglamento del Catastro Inmobiliario Foral
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»Artículo 6.-La Gestión Catastral.
Vigente
La gestión catastral está constituida por el conjunto de operaciones y actuaciones administrativas de diversa índole, necesarias para la formación, mantenimiento y revisión del Catastro Inmobiliario Foral, así como para la adecuada utilización de los datos integrados en el mismo, en los términos y a través de los procedimientos previstos en la Norma Foral del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-07-2016 en vigor desde 07-07-2016