Artículo 6 Restitución o Compensación a los Partidos Políticos de Bienes y Derechos Incautados en aplicación de la normativa del período 1936-1939 sobre responsabilidades políticas
Artículo 6. Tramitación y resolución de solicitudes.
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1. La tramitación de las solicitudes de restitución o compensación de los bienes y derechos a que se refiere esta ley corresponderá al Departamento ministerial que tenga atribuidas las competencias en materia de Memoria Democrática, que instruirá los oportunos expedientes de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se establezca y propondrá las valoraciones de los bienes y derechos a los efectos compensatorios previstos en esta ley.
La resolución de los procedimientos incoados, que será motivada, corresponderá al Consejo de Ministros, acordando la desestimación o la restitución total o parcial o el derecho a la compensación, constituyendo la declaración de restitución título suficiente para la inscripción de los bienes y derechos en el Registro de la Propiedad.
2. En aquellos casos en que habiéndose acreditado el perjuicio patrimonial sufrido por el partido político no hubiera podido determinarse ni siquiera por medios indiciarios la totalidad de los elementos del mismo, el Consejo de Ministros podrá fijar equitativamente una compensación.
- Modificación realizada (6 (apdo. 1)) por Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
(BOE de 29-01-2025) en vigor desde 30-01-2025 - Modificación realizada (6 (apdo. 1, se deroga redacción dada por RD-ley 9/2024)) por Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
(BOE de 23-01-2025) en vigor desde 23-01-2025 - Modificación realizada (6 (apdo. 1)) por Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
(BOE de 24-12-2024) en vigor desde 25-12-2024 - Artículo modificado (6) por LEY 50/2007, de 26 de diciembre, de modificacion de la Ley 43/1998, de 15 de diciembre, de restitucion o compensacion a los partidos politicos de bienes y derechos incautados en aplicacion de la normativa sobre responsabilidades politicas del periodo 1936-1939.
(BOE de 27-12-2007) en vigor desde 27-03-2008
