Articulo 6 Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión
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Artículo 6.- Prestaciones económicas y ayudas de emergencia social.

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1.- Las prestaciones económicas del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión son las siguientes:

a) Renta de garantía de ingresos.

b) Ingreso mínimo vital, en los términos que disponga la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o la norma que la sustituya y la que se dicte en su desarrollo.

2.- Las ayudas de emergencia social se destinan a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos, ordinarios o extraordinarios, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 29-03-2023