Artículo 60 Políticas de Juventud de Cantabria
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»Artículo 60. Registro de asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud.
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El Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Cantabria, dependiente de la Consejería con competencias en materia de juventud, se configura en el instrumento básico de conocimiento, ordenación y publicidad del sistema de servicios prestados a la juventud, estableciéndose reglamentariamente su organización y funcionamiento.
