Articulo 60 Presupuestos 2018 Galicia

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Artículo 60. Criterios de afectación de determinados tributos

Vigente

Uno. La totalidad de los ingresos previstos por el impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada, establecido por la Ley 15/2008, de 19 de diciembre, financiará actuaciones comprendidas en los programas 541B, 541D y 551B, en concreto, los gastos de inversión destinados al saneamiento, protección y mejora del medio natural, así como la realización de transferencias para llevar a cabo obras y servicios hidráulicos.

Dos. La mitad de la dotación anual, que con los recursos del canon eólico corresponde al Fondo de Compensación Medioambiental, establecido por la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, financiará los gastos de inversión consignados en los programas 541B, 541D, 551B y 733A del estado de gastos.