Articulo 61 Reglamento de la Ley de facilitación de la actividad económica
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»Artículo 61. Criterios para fijar los importes de las multas
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El órgano competente tiene que fijar el importe de las multas con atención a los criterios siguientes: la capacidad económica de la empresa, la reiteración en el incumplimiento y la proporcionalidad en función de la gravedad del incumplimiento o del riesgo de que pueda causar en relación con las personas, el entorno o los bienes.
