Articulo 61 Requisitos prudenciales para empresas de servicios de inversión
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»Artículo 61. Modificación del Reglamento (UE) n.º 1093/2010
Vigente
En el artículo 4, punto 2, del Reglamento (UE) n.º 1093/2010se añade el inciso siguiente:
«v) en relación con el Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1) y la Directiva (UE) 2019/2034 del Parlamento Europeo y del Consejo (*2), las autoridades competentes tal como se definen en el artículo 3, apartado 5, de dicha Directiva.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-12-2019 en vigor desde 25-12-2019