Articulo 61 Supervisión prudencial de empresas de servicios de inversión
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»Artículo 61. Modificación de la Directiva 2011/61/UE
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En el artículo 9 de la Directiva 2011/61/UE, el apartado 5 se sustituye por el texto siguiente:
«5. Con independencia del apartado 3, los fondos propios del GFIA no podrán ser, en ningún momento, inferiores a la cuantía exigida en virtud del artículo 13 del Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo (*7).
