Artículo 62 LEY 4/2026, ...za y Pesca

Artículo 62. LEY 4/2026, de 2 de julio, Madrid, Caza y Pesca

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Artículo 62. Registro de capturas.

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Mediante orden de la consejería competente en materia de caza se podrán establecer sistemas de control y registro de capturas que faciliten el control del aprovechamiento ordenado, de forma que se garantice el respeto a los cupos establecidos para el terreno cinegético.