Articulo 62 Plan director de la Red Natura 2000
Artículo 62. Componentes culturales
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1. Objetivos.
a) Preservar el patrimonio cultural, arqueológico y paleontológico existente en el espacio natural y favorecer su investigación y puesta en valor.
b) Difundir y divulgar los valores educativos del patrimonio cultural, arqueológico y paleontológico del espacio natural, en aras del enriquecimiento cultural de la sociedad en su conjunto, mediante el fomento de la colaboración con los órganos competentes en la materia.
c) Promover el estudio, recuperación y empleo de los conocimientos tradicionales que sean de interés para la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.
2. Directrices.
a) De acuerdo con las normas, resoluciones y principios del Convenio sobre la diversidad biológica y de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
1º) Se preservarán, se mantendrán y se fomentarán los conocimientos y las prácticas de utilización consuetudinaria que sean de interés para la conservación y el uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad.
2º) Se promoverá que los beneficios derivados de la utilización de estos conocimientos y prácticas se compartan equitativamente.
3º) Se promoverá la realización de inventarios de los conocimientos tradicionales, relevantes para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y geodiversidad, con especial atención a los etnobotánicos y etnozoológicos.
b) Se velará por el correcto estado de conservación de los bienes integrantes del patrimonio cultural, arqueológico y paleontológico.
c) Se regulará y se controlará el acceso de los investigadores a los elementos del patrimonio cultural, arqueológico y paleontológico, a fin de proceder a su estudio.
d) Se posibilitará el acceso del público, en la medida en que ello no afecte negativamente a su conservación, a los elementos del patrimonio cultural, arqueológico y paleontológico y se integrarán, cuando sea posible, en la red de áreas recreativas.
e) Se elaborará la infraestructura informativa y educativa precisa (señalizaciones, paneles explicativos, folletos, etc.) para la necesaria puesta en conocimiento del público de los valores del patrimonio cultural, arqueológico y paleontológico del espacio natural.
f) Se promoverá la realización de estudios descriptivos de las tipologías arquitectónicas tradicionales al objeto de facilitar su rehabilitación y conocimiento y se promoverá la protección y conservación de las edificaciones más valiosas.
g) Se fomentarán las acciones de revalorización, conservación y rehabilitación del patrimonio cultural del espacio natural, incluidas las fiestas populares y manifestaciones folclóricas, en armonía con la preservación de los recursos naturales.
h) Se evitará la alteración del estado de conservación de los hábitats de interés comunitario y de las especies de interés para la conservación en las obras y proyectos de restauración o mantenimiento del patrimonio arquitectónico.
3. Normativa general.
a) Con carácter general, y en materia de planificación y gestión de los componentes culturales, se aplicará en conformidad con el artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE y con el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, lo dispuesto en la normativa vigente en la actualidad.
b) Los indicadores de acceso que conduzcan a los componentes del patrimonio cultural y etnográfico y al mobiliario informativo que se coloque en ellos, deberán ser coherentes con el patrón formal y compositivo de la señalización del espacio protegido.
