Artículo 63. Decreto 91/2026, de 12 de mayo, Andalucía, evaluación del desempeño y la carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía
Artículo 63. Convocatoria y presentación de solicitudes.
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1. El proceso de carrera horizontal se articulará mediante una convocatoria única por cada órgano competente, de vigencia anual, en la que se establecerán dos plazos de presentación de solicitudes al año.
2. El primero de los plazos de presentación de solicitudes comenzará el primer día hábil de la tercera semana de mes de abril, mientras que el segundo plazo se abrirá el primer día hábil del mes de octubre correspondiente al año en curso.
3. En ambos plazos se aplicarán los mismos criterios y condiciones, y deberán respetarse idénticos baremos, plazos de resolución y requisitos, conforme a lo establecido en el presente decreto.
4. La convocatoria deberá contener, al menos:
a) El órgano al que deben dirigirse las solicitudes y que resulta competente para resolver, conforme a lo establecido en el artículo 62.
b) Los plazos de inicio y finalización de los dos períodos anuales de presentación de solicitudes.
c) Los requisitos para el ascenso a cada tramo de la carrera horizontal.
d) La puntuación necesaria para el ascenso a cada tramo de la carrera horizontal y el baremo aplicable.
e) Los plazos de los diferentes trámites y de resolución de las solicitudes.
f) La composición de la comisión técnica de valoración.
