Articulo 63 Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales
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»Artículo 63. Clases de sanciones disciplinarias.
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Podrán imponerse las siguientes sanciones disciplinarias:
a) Amonestación verbal.
b) Apercibimiento por escrito.
c) Multa de 150 euros a 1.500 euros.
d) Suspensión en el ejercicio de la Procura.
e) Expulsión del Colegio.
