Artículo 632-9. Requisitos
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Vigente
Para poder disfrutar de la reducción establecida en esta subsección, es preciso que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Los establecidos en el artículo 632-6.1.
b) Que el donatario tenga una vinculación laboral o de prestación de servicios con la entidad cuyas participaciones son objeto de adquisición gratuita, con una antigüedad mínima de diez años, y que haya ejercido funciones de dirección como mínimo los cinco años anteriores a esta fecha.
c) Que la participación del donatario en el capital de la entidad resultante de la donación sea de más del 50%.
Modificaciones
- Modificación realizada (632-9 (se añade)) por DECRETO LEGISLATIVO 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos.
(DOGC de 14-03-2024) en vigor desde 15-03-2024 - Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 15-03-2024