Articulo 64 Desarrollo de...s competen

Articulo 64 Desarrollo del Decreto 15/2010, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, el procedimiento para la elaboración del programa individual de atención y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competen

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Artículo 64. Libranza de cuidados en el entorno familiar.

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1. La libranza de cuidados en el entorno familiar con una intensidad parcial podrá compatibilizarse con otro servicio o libranza del sistema según lo dispuesto en este artículo.

2. La libranza de cuidados en el entorno familiar será compatible con otro servicio o libranza en los períodos de respiro de la persona cuidadora no profesional, teniendo en cuenta que los períodos de respiro de la persona cuidadora tendrán una duración máxima de 45 días al año.

3. Para hacer efectiva la libranza vinculada a la adquisición de servicios para el período de respiro de la persona cuidadora en los supuestos en que no sea posible el acceso a un servicio público, es requisito imprescindible la aprobación, por parte del/de la jefe/a territorial de la consellería con competencias en materia de servicios sociales de su provincia, del PIA en el que se contenga la libranza vinculada a la adquisición del servicio de respiro, previa solicitud de su disfrute por parte de la persona beneficiaria o del/de la representante.

La jefatura territorial de la consellería con competencias en materia de servicios sociales que corresponda, procederá al abono de la cuantía de la libranza vinculada a la adquisición del servicio de respiro en un solo pago, según el procedimiento que se establece en el título III del Decreto 15/2010, de 4 de febrero, previa justificación por parte de la persona beneficiaria o del/de la representante de su disfrute.

4. El régimen de compatibilidad de la libranza de cuidados en el entorno familiar con una intensidad parcial será el siguiente:

a) Se podrá compatibilizar con el servicio de ayuda en el hogar no intensivo según lo siguiente:

Grado de dependencia

Libranza para cuidados en el entorno familiar con una intensidad parcial

Servicio de ayuda en el hogar no intensivo

Grado III

Intensidad parcial hasta 80 horas/mes

Hasta 65 horas/mes

Grado II

Intensidad parcial hasta 80 horas/mes

Hasta 38 horas/mes

Grao I

Intensidad parcial hasta 80 horas/mes

Hasta 20 horas/mes

b) Se podrá compatibilizar con el servicio de atención diurna no intensivo según lo siguiente:

Grado de dependencia

Libranza para cuidados en el entorno familiar con una intensidad parcial

Servicio de atención diurna no intensivo

Grado III

Intensidad parcial hasta 80 horas/mes

Hasta 44 horas/mes

Grado II

Intensidad parcial hasta 80 horas/mes

Hasta 29 horas/mes

Grado I

Intensidad parcial Hasta 80 horas/mes

Hasta 16 horas/mes

c) Se podrá compatibilizar con el servicio promoción de la autonomía personal según lo siguiente:

Grado de dependencia

Libranza para cuidados en el entorno familiar con una intensidad parcial

Servicio promoción de la autonomía personal

Grado III

Intensidad parcial hasta 80 horas/mes

Hasta 21 horas/mes

Grado II

Intensidad parcial hasta 80 horas/mes

Hasta 14 horas/mes

Grado I

Intensidad parcial hasta 80 horas/mes

Hasta 8 horas/mes

5. El régimen de compatibilidades en los períodos de respiro de la persona cuidadora será el siguiente:

a) Se podrán compatibilizar con los períodos de respiro de la persona cuidadora distribuidos en 45 días al año de forma continua o en períodos, como mínimo quincenales o de fines de semana hasta completar los 45 días al año, para las estancias temporales en centros de atención residencial.

b) Se podrá compatibilizar con el servicio de atención diurna no intensivo según lo siguiente:

Grado de dependencia

Libranza para cuidados en el entorno familiar

Servicio atención diurna no intensivo como respiro (45 días/año)

Grado III

Intensidad completa

Hasta 360 horas/año

Grado II

Intensidad completa

Hasta 360 horas/año

Grado I

Intensidad completa

Hasta 135 horas/año

c) Se podrá compatibilizar con el servicio de ayuda en el hogar no intensivo según lo siguiente:

Grado de dependencia

Libranza para cuidados en el entorno familiar con una intensidad parcial

Servicio de ayuda en el hogar no intensivo

Grado III

Intensidad completa

Hasta 93/141 horas/año

Grado II

Intensidad completa

Hasta 44/96 horas/año

Grado I

Intensidad completa

Hasta 56 horas/año

d) Se podrá compatibilizar con el servicio de centro de noche no intensivo según lo siguiente:

Grado de dependencia

Libranza para cuidados en el entorno familiar

Servicio de atención de noche no intensivo como respiro (45 noches/año)

Grado III

Intensidad completa

Hasta 45 noches/año

Grado II

Intensidad completa

Hasta 45 noches/año

Grado I

Intensidad completa

Hasta 45 noches/año