Artículo 64 se establecen las ayudas publicas en materia de vivienda y se regula la gestión de las previstas para el periodo 2009-2012 en el Real decreto 2066/2008, de 12 de diciembre
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»Artículo 64º.-Urbanización protegida de suelo.
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Tendrán la consideración de actuaciones protegidas en materia de suelo las de urbanización del mismo, incluyendo la adquisición onerosa para su inmediata edificación, con destino predominantemente a las promociones de viviendas protegidas, tal como se determina en el Real decreto 2066/2008.

