Artículo 65 DECRETO 23/2..., Canarias

Artículo 65. DECRETO 23/2026, de 9 de marzo, Canarias

Ver Indice
»

Artículo 65. Citaciones y notificaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las citaciones, comunicaciones y notificaciones que deban dirigirse al Instituto Canario de la Vivienda por parte de las comunidades de propietarios o de las juntas administradoras, en relación con las viviendas de promoción pública de su titularidad, deberán realizarse exclusivamente por medios electrónicos, conforme a los modelos normalizados disponibles en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.