Articulo 65 Gestión documental, organización y funcionamiento de los archivos de la Generalitat
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»Artículo 65. Medios técnicos para la gestión documental electrónica
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La gestión de los documentos y expedientes electrónicos se basa obligatoriamente en unos medios técnicos y en unas herramientas archivísticas.
El órgano de la Generalitat competente en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones suministrará y mantendrá los medios técnicos necesarios para la aplicación y desarrollo de la gestión documental y la Administración electrónica. Asimismo, facilitará el acceso y soporte a las soluciones técnicas que se adopten en virtud de los acuerdos y convenios establecidos con otras administraciones públicas.
