Articulo 65 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Artículo 65.Objetivos generales del planeamiento territorial y urbanístico.
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1.En el marco de los principios y de los fines propios de la ordenación territorial y urbanística, el planeamiento territorial y urbanístico tendrá como objetivos la mejora de la calidad de vida, la cohesión social de la población y la protección y mejora del medio ambiente mediante la organización racional y conforme a los intereses generales de la ocupación y del uso del suelo, procurando el equilibrio de usos y actividades.
2.A tales efectos, con carácter general, el planeamiento territorial incluirá las determinaciones necesarias para.
a) Definir un modelo de ocupación del territorio asturiano racional y eficiente basado en el desarrollo sostenible y el equilibrio territorial al objeto de:
1.º Favorecer un desarrollo económico diversificado del conjunto de Asturias que sea respetuoso con el medio ambiente.
2.º Garantizar a la población un acceso equivalente a las infraestructuras, los equipamientos públicos, la información y el conocimiento.
3.º Propiciar una gestión responsable de los recursos naturales y culturales.
b) Asumir, entre otros, los principios de estrategia y gestión territorial emanados de la Unión Europea.
c) Definir la política territorial del Principado de Asturias.
d) Coordinar las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas en el territorio que, en el marco de la concertación territorial, permita un uso eficaz y eficiente de los recursos públicos.
3.A los mismos efectos, con carácter general, el planeamiento urbanístico incluirá las determinaciones necesarias para:
a) Optar por el modelo y soluciones de ordenación que mejor aseguren la correcta funcionalidad y puesta en valor de los espacios urbanos ya existentes atendiendo a su conservación, cualificación, reequipamiento, remodelación y adecuada inserción en la estructura territorial del concejo, favoreciendo la recuperación y reutilización de tejidos urbanos consolidados frente a la nueva expansión. Igualmente, y en su caso, la integración de los nuevos desarrollos urbanísticos con la ciudad ya consolidada, de manera que se fomente la continuidad de las tramas urbanas frente al crecimiento disperso.
b) Favorecer la conservación de las formas tradicionales de asentamientos de la población en el territorio.
c) Preservar los espacios de interés cultural, en sus distintas categorías de protección, facilitando el acceso a los mismos mediante su adecuada conexión con los sistemas generales y locales, reforzando su papel de focos de atracción de actividades turísticas y culturales, siempre que no se ponga en riesgo su conservación. En su caso, promover la integración de las preexistencias históricas del territorio en los nuevos desarrollos urbanos.
d) Preservar los espacios de interés natural o paisajístico relevantes para el concejo o que la ordenación territorial no haya llegado a proteger, favoreciendo su integración en sistemas generales. En su caso, facilitar la integración de los elementos valiosos del territorio en las tramas urbanas.
e) Mantener en lo sustancial las tipologías y edificabilidad preexistentes en el suelo urbano consolidado, salvo en zonas que provengan de procesos inadecuados de desarrollo urbano. Estas zonas se delimitarán para realizar actuaciones de reforma interior orientadas a su descongestión, a la mejora de las condiciones de habitabilidad, a la rehabilitación de construcciones, o a la obtención de suelo para dotaciones urbanísticas.
f) Atender las demandas de vivienda y otros usos de interés público de acuerdo con las características de cada concejo.
g) Garantizar la correspondencia y proporcionalidad entre los usos lucrativos y las dotaciones y servicios públicos previstos.
h) Procurar la coherencia, funcionalidad y accesibilidad de las dotaciones públicas, así como su equilibrada distribución entre las distintas partes del concejo. La ubicación de las dotaciones públicas deberá establecerse de forma que se fomente su adecuada articulación, integración y cohesión social.
i) Establecer la funcionalidad, economía y eficacia en las redes de infraestructuras para la prestación de servicios.
j) Resolver de forma específica el sistema de transportes, dando preferencia a los medios públicos o colectivos, procurando reducir su impacto contaminante, y diseñando la red de vías públicas de acuerdo con las necesidades del transporte público.
