Artículo 65 se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía
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»Artículo 65. Concurso específico.
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De conformidad con el artículo 127 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, cuando por la naturaleza de los puestos a cubrir así esté establecido en la relación de puestos de trabajo, será aplicable el sistema de concurso específico, que constará de dos fases, una general y otra específica.
La fase general consistirá en la valoración de los méritos establecidos para los concursos generales. La fase específica consistirá en la valoración de capacidades y aptitudes relacionadas con las funciones encomendadas al puesto a cubrir.
