Articulo 65 Resoluciones ...de menores

Articulo 65 Resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sustracción internacional de menores

  • Norma aplicable desde 1 de agosto de 2022, salvo los arts. 92, 93 y 103 que serán aplicables a partir del 22 de julio de 2019.
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Artículo 65. Reconocimiento y ejecución de los documentos públicos y de los acuerdos.

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1. Los documentos públicos y los acuerdos sobre separación legal y divorcio que tengan efecto jurídico vinculante en el Estado miembro de origen se reconocerán en otros Estados miembros sin que se requiera ningún procedimiento especial. Se aplicará en consecuencia la sección 1 del presente capítulo, salvo disposición en contrario en la presente sección.

2. Los documentos públicos y los acuerdos en materia de responsabilidad parental que tengan efecto jurídico vinculante y tengan fuerza ejecutiva en el Estado miembro de origen se reconocerán y ejecutarán en otros Estados miembros sin que se requiera ninguna declaración de fuerza ejecutiva. Se aplicarán en consecuencia las secciones 1 y 3 del presente capítulo, salvo disposición en contrario en la presente sección.