Articulo 66 Reglamento de los establecimientos de alojamiento turístico al aire libre y alojamientos turísticos singulares
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»Artículo 66. Cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
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El cumplimiento por parte de las acampadas en edificaciones rurales de la normativa sobre promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas será el correspondiente a los edificios de uso privado.
