DECRETO 35/2023, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los establecimientos de alojamiento turístico al aire libre y alojamientos turísticos singulares. - Boletín Oficial de Aragón de 10-05-2023
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Ambito: Aragón
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Agosto de 2023
F. entrada en vigor: 10/08/2023
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 87
F. Publicación: 10/05/2023
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Artículo único. Aprobación del Reglamento de los establecimientos de alojamiento turístico al aire libre y alojamientos turísticos singulares.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Campings privados.
D.A. 2ª. Referencias de género.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Establecimientos de alojamiento turístico al aire libre inscritos en el Registro de Turismo de Aragón con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto.
D.T. 2ª. Establecimientos de alojamiento turístico al aire libre que hubiesen presentado su declaración responsable con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto.
D.T. 3ª. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el ámbito territorial del municipio de Zaragoza.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación de desarrollo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO AL AIRE LIBRE Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS SINGULARES
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Competencias y organización administrativa
Artículo 4. Administración de la Comunidad Autónoma.
Artículo 5. Comarcas.
Artículo 6. Municipios.
CAPÍTULO III. Prohibiciones y limitaciones de ubicación y zonas de riesgo relativas a la implantación de establecimientos de alojamiento turístico al aire libre y alojamientos turísticos singulares
Artículo 7. Efecto recíproco de las prohibiciones y limitaciones de ubicación y zonas de riesgo relativas a la implantación de establecimientos de alojamiento turístico al aire libre o alojamientos turísticos singulares.
Artículo 8. Líneas de transporte eléctrico.
Artículo 9. Dominio público hidráulico y perímetros de protección de aprovechamiento de aguas minerales.
Artículo 10. Infraestructuras de transporte terrestre y vías pecuarias.
Artículo 11. Patrimonio cultural.
Artículo 12. Actividades clasificadas.
Artículo 13. Urbanismo, ordenación del territorio, espacios protegidos y montes.
Artículo 14. Zonas de riesgo de incendio.
Artículo 15. Zonas de vertido de residuos.
Artículo 16. Otras zonas de riesgo para la vida de las personas y sus bienes.
Artículo 17. Otras prohibiciones.
CAPÍTULO IV. Derechos y deberes
Artículo 18. Turistas.
Artículo 19. Empresarios.
CAPÍTULO V. Campings
Artículo 20. Clasificación.
Artículo 21. Declaración responsable
Artículo 22. Documentación.
Artículo 23. Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón.
Artículo 24. Instalaciones y servicios.
Artículo 25. Capacidad, superficie y parcelación.
Artículo 26. Alojamientos permanentes.
Artículo 27. Albergues asociados.
Artículo 28. Habitaciones y unidades de alojamiento asociadas.
Artículo 29. Accesos y viales interiores.
Artículo 30. Cerramiento exterior.
Artículo 31. Plan de autoprotección.
Artículo 32. Prevención de incendios.
Artículo 33. Suministro de agua.
Artículo 34. Tratamiento y evacuación de aguas residuales.
Artículo 35. Tratamiento y recogida de residuos sólidos.
Artículo 36. Instalación eléctrica.
Artículo 37. Otros servicios generales.
Artículo 38. Cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
Artículo 39. Limitaciones de ocupación y prohibiciones de cesión.
CAPÍTULO VI. Áreas de acogida y acampada de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares
Artículo 40. Áreas de acogida y acampada de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares.
Artículo 41. Declaración responsable.
Artículo 42. Documentación.
Artículo 43. Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón.
Artículo 44. Acceso y viales interiores.
Artículo 45. Cerramiento exterior.
Artículo 46. Dotación y acondicionamiento de las áreas de acogida y acampada de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares.
Artículo 47. Recepción.
Artículo 48. Zona de parcelas.
Artículo 49. Zona de muelle y punto limpio.
Artículo 50. Zona de instalaciones de servicios higiénicos.
Artículo 51. Elementos de acampada.
Artículo 52. Recogida de residuos sólidos.
Artículo 53. Plan de autoprotección.
Artículo 54. Prevención de incendios.
Artículo 55. Suministro de agua.
Artículo 56. Tratamiento y evacuación de aguas residuales.
Artículo 57. Instalación eléctrica
Artículo 58. Otros servicios generales.
Artículo 59. Cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
Artículo 60. Limitaciones de ocupación y prohibiciones de cesión.
CAPÍTULO VII. Acampadas en edificaciones rurales aisladas
Artículo 61. Declaración responsable.
Artículo 62. Documentación.
Artículo 63. Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón.
Artículo 64. Requisitos mínimos.
Artículo 65. Placa identificativa.
Artículo 66. Cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
CAPÍTULO VIII. Alojamientos turísticos singulares
Artículo 67. Declaración responsable.
Artículo 68. Documentación.
Artículo 69. Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón.
Artículo 70. Requisitos mínimos.
Artículo 71. Placa identificativa.
CAPÍTULO IX. Disciplina
Artículo 72. Infracciones, sanciones y medidas accesorias.
Artículo 73. Medidas de carácter provisional.
Artículo 74. Resarcimiento e indemnización.
Artículo 75. Tramitación de los procedimientos sancionadores.
ANEXO I. Metodología para el análisis y evaluación de riesgos
ANEXO II. Análisis y evaluación de riesgos del emplazamiento del camping o área de acogida y acampada de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares
ANEXO III. Instalaciones y servicios mínimos de los campings
ANEXO IV. Placas de identificación
