Articulo 66 Reglamento de...és gallego

Articulo 66 Reglamento de fundaciones de interés gallego

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Artículo 66. Comisión Técnica de Coordinación del Protectorado.

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Se crea la Comisión Técnica de Coordinación del Protectorado, como órgano de consulta y participación de los departamentos de la Xunta de Galicia que ejercen el Protectorado en virtud de las competencias correspondientes a los fines fundacionales.

La Comisión Técnica de Coordinación del Protectorado está adscrita a la consellería competente en materia de fundaciones.