Articulo 67 Comercio, servicios y ferias

Articulo 67 Comercio, servicios y ferias

Ver Indice
»

Artículo 67. Procedimiento sancionador abreviado

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En el supuesto de infracciones que deban calificarse como leves, puede instruirse un procedimiento sancionador abreviado, si se trata de infracciones flagrantes y los hechos hayan sido recogidos en el acta correspondiente o en la denuncia de la autoridad competente.