Articulo 67 Estatuto Gene...Tribunales

Articulo 67 Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales

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Artículo 67. Infracciones leves.

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Son infracciones leves:

a) La falta de respeto a los miembros de la Junta de Gobierno de un Colegio o de los Consejos General y de Comunidad Autónoma, en el ejercicio de sus funciones, cuando no constituya infracción muy grave o grave.

b) La negligencia en el cumplimiento de las normas estatutarias.

c) (Anulado)