Articulo 67 TR. de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana
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»Artículo 67. Vinculación
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Las Administraciones Públicas desarrollarán sus actividades con incidencia territorial de forma coordinada en el marco de las directrices del Plan Nacional de Ordenación.
Sección 3. Planes Directores Territoriales de Coordinación
