Artículo 68. DECRETO 20/2026, de 9 de marzo, Galicia
Artículo 68. Fines.
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La información y la orientación profesional en la formación profesional del sistema educativo tendrán los siguientes fines:
a) Difundir las ofertas de las enseñanzas de formación profesional y del resto del sistema educativo, así como los requisitos académicos establecidos y las posibilidades de acceso a ellas, contrarrestando los estereotipos de género y fomentando las vocaciones hacia sectores productivos deficitarios de personas capacitadas y con falta de relevo generacional.
b) Realizar asesoramiento individualizado sobre las posibilidades del Sistema de formación profesional que, partiendo de la formación y de la experiencia profesional previa de las personas, permitan trazar itinerarios formativos y laborales desde la motivación y la identificación clara de los intereses y de los objetivos personales.
c) Facilitar la información y la orientación sobre los perfiles de las ocupaciones, las tendencias en la evolución del mercado de trabajo, las posibilidades de acceso al empleo y las oportunidades de formación relacionadas con ellas, al objeto de facilitar la inserción y la reinserción laboral, la mejora en el empleo y la movilidad laboral.
d) Dotar a las personas de las competencias y de las habilidades para la toma de decisiones, y para la gestión de su carrera profesional, incluyendo el trazado de itinerarios formativos y profesionales conducentes a nuevos aprendizajes y nuevas oportunidades profesionales, y la participación activa en la vida laboral y en la sociedad en un contexto en constante cambio.
e) Informar sobre las titulaciones académicas y sobre las oportunidades de acceso al empleo, y orientar sobre las posibilidades de adquisición, evaluación y acreditación de competencias y cualificaciones profesionales requeridas en el mundo laboral, y el progreso en ellas a lo largo de toda la vida.
f) Prestar apoyo personal y colectivo a las personas participantes en el procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales o informales.
g) Difundir entre las empresas u organismos equiparados las oportunidades que ofrece el Sistema de formación profesional para la cualificación y la recualificación de las personas trabajadoras.
h) Acompañamiento personal para el emprendimiento y la innovación.
