Articulo 68 Ordenación Sanitaria
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»Artículo 68. Director del Área.
Vigente
1. El Director del Área es el órgano unipersonal que bajo la dependencia de los órganos centrales del Servicio Canario de la Salud, ejerce la dirección y coordinación de los recursos del Área, encaminados a lograr que los ciudadanos puedan ejercer los derechos y en especial recibir asistencia integral del mismo y tiene la representación institucional del Servicio en el ámbito territorial del Área de Salud.
2. El Director del Área es nombrado por el Gobierno de Canarias, a propuesta del Consejero competente en materia de sanidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-1994 en vigor desde 25-08-1994