Articulo 68 Régimen de la...or público

Articulo 68 Régimen de la contratación del sector público

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Artículo 68.- Plataforma Kontratazio Publikoa Euskadin-Contratación Pública en Euskadi.

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1.- El departamento competente en materia de Contratación, a través de la Dirección de Patrimonio y Contratación, pondrá a disposición de todos los órganos de contratación de los sectores públicos de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de las Administraciones Foral y Local, la Plataforma Kontratazio Publikoa Euskadin-Contratación Pública en Euskadi como portal de publicidad y transparencia en materia de contratos públicos.

2.- Se integrarán en esta Plataforma, con carácter obligatorio, los perfiles de contratante y los demás instrumentos de publicidad y transparencia en la contratación, de los órganos de contratación del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

3.- El resto de los órganos de contratación del sector público vasco, incluidos los de las Administraciones Forales y Locales y sus entes, organismos y entidades dependientes, tendrán acceso a la Plataforma y podrán valerse de ella para dar publicidad a sus contrataciones en las mismas condiciones que las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sin necesidad de formalizar instrumento jurídico alguno al efecto.

4.- La plataforma persigue el objetivo de proporcionar a los operadores económicos, y especialmente a las PYMEs, la máxima accesibilidad a los contratos públicos, a cuyos efectos les ofrecerá apoyo para el uso de las herramientas electrónicas en el proceso de la contratación pública. Igualmente posibilitará el acceso al resto de sistemas de información asociados a la contratación pública como son el Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales.

5.- La Plataforma Kontratazio Publikoa Euskadin-Contratación Pública en Euskadi está interconectada con la Plataforma de Contratación del Sector Público, posibilitando con ello el intercambio de información entre ambos instrumentos de publicidad contractual.