Articulo 7 Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación
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Articulo 7 Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación

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Artículo 7.-Facultades.

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La Agencia en el ejercicio de sus funciones y para el cumplimiento de sus fines tendrá las siguientes facultades:

a) Ejercer la potestad subvencionadora con todas las facultades de concesión, reintegro y sancionadoras.

b) Realizar la gestión económica y presupuestaria y el control económico?financiero de los instrumentos y actuaciones que le corresponden.

c) Celebrar por sí misma convenios con Administraciones públicas, otras entidades nacionales, autonómicas y europeas, públicas o privadas, especialmente con aquellas que por razón de sus actividades puedan coadyuvar a mejorar su gestión.

d) Participar en la cogobernanza de planes y programas de otras Administraciones públicas.

e) Realizar toda clase de actividades económicas y financieras, sin más limitaciones que las impuestas por esta ley y por las disposiciones que le sean de aplicación, pudiendo celebrar todo tipo de contratos y, dentro del límite máximo fijado en las leyes presupuestarias, contraer préstamos.

f) Promover, en los términos previstos en la presente ley, la creación de sociedades mercantiles y entidades sin ánimo de lucro o participar en sociedades constituidas.

g) Realizar y contratar estudios y asesoramiento sobre la promoción, diversificación, competitividad e internacionalización de la economía en el Principado de Asturias, así como de prospectiva en materia de la I+D+i.

h) Implementar instrumentos que se vayan adaptando a la evolución de la cultura científica e innovadora, cuya movilización de recursos y resultados vaya más allá de meros instrumentos financieros.

i) Participar en la creación y crecimiento de nuevos agentes del SACI, incluyendo la promoción de procesos de fusión, cualquiera que sea su naturaleza jurídica y finalidad específica.

j) Participar en la construcción de nuevas infraestructuras de investigación, tecnología, innovación o digitalización.

k) Obtener subvenciones, préstamos, garantías de la Administración del Principado de Asturias y de otras entidades e instituciones públicas y privadas, locales, autonómicas, nacionales o comunitarias.

l) Participar en programas e iniciativas de la Unión Europea.