Artículo 7 bis. Desafectación del uso comunal.
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Los actos administrativos que aprueben la clasificación, deslinde o modificación de trazados de vías pecuarias, implicarán simultáneamente la desafectación del uso comunal si afectasen a terrenos comunales.
Modificaciones
- Artículo modificado (7 bis (se añade)) por LEY FORAL 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética.
(NA de 01-04-2022) en vigor desde 02-04-2022
