Articulo 7 Canal interno para el tratamiento de informaciones sobre posibles infracciones
Artículo 7. Creación del espacio "Canal del Informante"
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1. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería competente en materia de transparencia y buen gobierno, habilitará el espacio "Canal del Informante" dentro del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, donde se publicará la información sobre el canal interno para el tratamiento de las informaciones sobre posibles infracciones en el ámbito de la Administración pública de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, se ofrecerá información sobre otros canales internos puestos en marcha, el modo para su utilización -incluyendo información de interés relativa a plazos y unidades competentes-, así como sobre los canales externos existentes, tanto nacionales como autonómicos y, en su caso, de la Unión Europea.
2. El espacio "Canal del Informante" permitirá la presentación de informaciones sobre posibles infracciones en el ámbito de la Administración pública de la Comunidad de Madrid a los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid, y a aquellos que estén o hayan estado en contacto con ella por motivo de su actividad laboral, en los términos previstos en el apartado c) del artículo 3 de este Decreto.
El acceso identificado, mediante usuario y contraseña o a través de la utilización de un sistema de identificación digital válido, permitirá también acceder a un espacio restringido donde se consulte el estado de situación de los expedientes iniciados por el informante y el histórico de sus expedientes, que se mantendrá por un plazo máximo de tres meses. Se garantizará, en todo momento, el carácter anonimizado de la información.
3. Asimismo, la presentación de informaciones sobre posibles infracciones en el ámbito de la Administración pública de la Comunidad de Madrid se podrá llevar a cabo verbalmente, según lo que establezcan los correspondientes centros directivos con competencia en materia de inspección de la Comunidad de Madrid, así como aquellos órganos o unidades que, por razón de la materia, puedan ponerse en funcionamiento para el conocimiento de informaciones sobre posibles infracciones en sus correspondientes ámbitos.
