Articulo 7 Derecho subjetivo de acceso a la ocupación de una vivienda
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»Artículo 7.- Patrimonio.
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El patrimonio de las unidades convivenciales estará compuesto por los bienes inmuebles, muebles y cualesquiera otros que determine la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión y su desarrollo reglamentario, y se valorará en la forma prevista por esta misma normativa.
